A través de una presentación escrita en Mesa de Entrada del municipio, se solicita el cambio del obligado catastral de todos los servicios que liquida la municipalidad del referido inmueble sito en Roca Julio A. General Nº 1934, Padrón: 1602113 y que se encuentra bajo la titularidad de: “ASOCIACION COOPERADORA POLIVALENTE DE ARTE”, y que pase a la titularidad de “UNIÓN VECINAL SUR OESTE”.
El día 06/06/2018, el Honorable Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza Nº 13106. Que en su artículo 1º indica, “REVOCAR la donación otorgada mediante Resolución Nº 73-SOSP/91”, dictada en las actuaciones administrativas Nº 10197-C-89, a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO POLIVALENTE DE ARTE DE SAN RAFAEL MENDOZA, por haber devenido en abstracto el cargo establecido en dicha liberalidad, conforme se desprende de los antecedentes administrativos de la pieza legal que se revoca.”
En su artículo 2º expresa: “AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales para reinscribir a nombre de la UNIÓN VECINAL SUR-OESTE SAN RAFAEL, el rasgo de terreno individualizado en la Resolución Nº 73-SOSP/91”.
Asimismo, el artículo 3º menciona: “LOS GASTOS que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, serán a exclusivo cargo del Municipio y serán imputados al Presupuesto de Gastos 2018.” Por tal motivo, instamos al Poder Ejecutivo Municipal arbitre los mecanismos legales para cumplimentar lo establecido en la mencionada ordenanza, ya que a la fecha, no se han producido los actos administrativos que restituyan la propiedad a la entidad.

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